A partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios en España deberán poseer un carné que acredite los conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación establecidos en el artículo 18 y las materias especificadas para cada nivel en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, Anexo IV, por el que se fija el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.